Art. 2
En vigor desde 20 sept 2011
Artículo 2
Alemania garantizará que el plan de reestructuración inicial presentado el 1 de septiembre de 2009, modificado en último lugar de conformidad con la Comunicación de Alemania de 11 de julio de 2011, se ejecute en su totalidad, incluidos los compromisos de los anexos I y III y las condiciones del anexo II, y con arreglo al calendario que en ellos se establece.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2012:477:oj#art-2