Art. 1

En vigor desde 25 jul 2011
Artículo 1 Quedan liquidadas las cuentas de las Agencias Sapard situadas en el territorio de Bulgaria y de Rumanía correspondientes a los gastos financiados en 2008 por el presupuesto general de la Unión Europea.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2011:463:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil