Art. 11

Presentación de informes

En vigor desde 18 jul 2011
Artículo 11 Presentación de informes Periódicamente, el REUE presentará informes orales y escritos al CPS y al AR. Asimismo, informará a los grupos de trabajo del Consejo, según proceda. Los informes periódicos escritos se transmitirán a través de la red COREU. Por recomendación del CPS o del AR, el REUE podrá transmitir informes al Consejo de Asuntos Exteriores.
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