Art. 2

En vigor desde 12 abr 2011
Artículo 2 1.   Los anexos I, II y III de la Decisión 2010/232/PESC se sustituyen por el texto que figura, respectivamente, en los anexos I, II y III de la presente Decisión. 2.   El anexo IV de la presente Decisión se añade como anexo IV a la Decisión 2010/232/PESC.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2011:239:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil