Art. 1
En vigor desde 10 feb 2011
Artículo 1
Con arreglo a lo establecido en el artículo 3, apartado 2, de la Decisión 2000/258/CE, se autoriza al siguiente laboratorio a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones:
Komipharm International Co. Ltd
1236-6 Jeoungwang-dong
420-450 Siheung-si, Gyeonggi-do
Corea del Sur.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2011:91(1):oj#art-1