Art. 1

En vigor desde 10 feb 2011
Artículo 1 Con arreglo a lo establecido en el artículo 3, apartado 2, de la Decisión 2000/258/CE, se autoriza al siguiente laboratorio a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones: Komipharm International Co. Ltd 1236-6 Jeoungwang-dong 420-450 Siheung-si, Gyeonggi-do Corea del Sur.
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eli:dec:2011:91(1):oj#art-1

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