Art. 3

En vigor desde 31 ene 2011
Artículo 3 El Acuerdo está vinculado al Acuerdo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre la libre circulación de personas (5), celebrado mediante Decisión 2002/309/CE, Euratom del Consejo y de la Comisión (6), según lo dispuesto en el artículo 3 del Acuerdo.
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eli:dec:2011:82(1):oj#art-3

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