Art. 21
Operaciones de valores a plazo
En vigor desde 11 nov 2010
Artículo 21
Operaciones de valores a plazo
Las operaciones de valores a plazo se contabilizarán de conformidad con el artículo 21, apartado 1, método A, de la Orientación BCE/2010/20.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2011:65(1):oj#art-21