Art. 9
Disposiciones financieras
En vigor desde 21 sept 2010
Artículo 9
Disposiciones financieras
1. El importe de referencia financiera destinado a los gastos de la Misión será de 12 600 000 EUR para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de septiembre de 2011.
2. Con respecto a los gastos financiados por el importe a que se refiere el apartado 1, se aplicarán las siguientes disposiciones:
a)
los gastos se gestionarán con arreglo a los procedimientos y normas de la UE aplicables al presupuesto. Los nacionales de terceros países podrán participar en las licitaciones;
b)
respecto a las actividades que efectúe en el marco de su contrato, el Jefe de Misión informará plenamente a la Comisión, que supervisará su actuación.
3. Las disposiciones financieras se adecuarán a las exigencias operativas de la Misión, incluida la compatibilidad de los equipos.
4. Los gastos relacionados con la Misión serán financiables a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
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