Art. 4

Planificación

En vigor desde 21 sept 2010
Artículo 4 Planificación El Jefe de Misión redactará un plan de operaciones (OPLAN) de la Misión que se someterá a la aprobación del Consejo. Será asistido en esta tarea por los servicios dependientes de la autoridad del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR).
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