Art. 4
Planificación
En vigor desde 21 sept 2010
Artículo 4
Planificación
El Jefe de Misión redactará un plan de operaciones (OPLAN) de la Misión que se someterá a la aprobación del Consejo. Será asistido en esta tarea por los servicios dependientes de la autoridad del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2010:565:oj#art-4