Art. 5

En vigor desde 26 jul 2010
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   La presente Decisión expirará 36 meses después de la fecha de celebración del acuerdo de financiación que contempla el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, expirará 6 meses después de su entrada en vigor si para ese momento no se hubiere celebrado el citado acuerdo de financiación.
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