Art. 2
En vigor desde 20 jul 2010
Artículo 2
Las ayudas estatales a la promoción genérica del vino y de los productos vínicos en el territorio portugués ejecutadas ilegalmente por Portugal en contravención del artículo 108, apartado 3, del TFUE por medio de una tasa parafiscal establecida por el Decreto-Ley no 137/95, de 14 de junio, son ayudas estatales compatibles con el mercado interior en la acepción del artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE en relación con el período que media entre su entrada en vigor y el 31 de diciembre de 2006.
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