Art. 1

En vigor desde 6 may 2010
Artículo 1 La presente Decisión tiene por objeto armonizar las condiciones técnicas relativas a la disponibilidad y la utilización eficiente de la banda de 790-862 MHz (banda de 800 MHz) para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas en la Unión Europea.
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