Art. 1

En vigor desde 10 mar 2010
Artículo 1 El expediente relativo a la sustancia activa recogida en el anexo de la presente Decisión, presentado ante la Comisión y los Estados miembros con vistas a la inclusión de dicha sustancia en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE, cumple en principio los requisitos sobre datos e información establecidos en el anexo II de dicha Directiva. El expediente cumple asimismo los requisitos sobre información establecidos en el anexo III de la Directiva 91/414/CEE en lo relativo a un producto fitosanitario que contiene la sustancia activa, habida cuenta de los usos propuestos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2010:150:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil