Art. 2

En vigor desde 28 oct 2009
Artículo 2 Las condiciones aludidas en el artículo 1 serán las siguientes: i) la separación operativa total de BankCo y AssetCo se completará lo antes posible, y a más tardar a finales de 2010, ii) se limitará la concesión de nuevos préstamos por BankCo a 4 000 millones GBP en 2009, 9 000 millones GBP en 2010 y 8 000 millones GBP en 2011; en caso de que BankCo siga en régimen de Propiedad Pública Temporal (en lo sucesivo, «PPT») después de 2011, el límite de 8 000 millones GBP se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2013 o hasta la salida del régimen de PPT, si es que se produjera antes de esa fecha, iii) se limitarán los balances de depósitos minoristas en el Reino Unido, Irlanda y Guernesey de BankCo a 20 000 millones GBP hasta el 31 de diciembre de 2011; en caso de que BankCo siga en el régimen de PPT en 2012 y 2013, el límite para los depósitos minoristas será de 23 000 millones GBP en 2012 y 26 000 millones GBP en 2013, iv) BankCo no figurará en el ranking de las tres mejores categorías hipotecarias de Moneyfacts para hipotecas fijas o variables a dos, tres o cinco años (excluidas las hipotecas con un ratio LTV superior al 80 % y los productos para primeros compradores) hasta el 31 de diciembre de 2011 o hasta la salida del régimen de PPT, si es que se produjera antes de esa fecha, v) el Gobierno del Reino Unido deberá dejar de ser propietario mayoritario de BankCo […]; en este contexto, se considerará que el Reino Unido abandona el régimen de PPT si vende al menos el 50 % + 1 de las acciones de BankCo a una entidad (o entidades) que no sea(n) de propiedad pública ni esté(n) controlada(s) por el Estado y deja de tener el control sobre BankCo a efectos de lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 139/2004, vi) BankCo […] anunciará públicamente que la garantía del Reino Unido sobre los depósitos minoristas se liberará a más tardar el […] y que el Reino Unido cancelará los mecanismos de garantía interbancaria relacionados con BankCo a más tardar el 31 de diciembre de 2010, vii) la deuda subordinada existente permanecerá en AssetCo, y no se pagará ni el principal ni los cupones de los títulos de crédito subordinados siempre que AssetCo esté autorizado contractualmente a hacerlo, […], viii) BankCo y AssetCo no adquirirán acciones en otras empresas ni promoverán la propiedad pública o los mecanismos de garantía pública, ix) AssetCo no emprenderá ninguna actividad económica nueva que no sea necesaria para prestar apoyo operativo a BankCo hasta que se complete la separación operativa entre BankCo y AssetCo […].
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eli:dec:2010:262:oj#art-2

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