Art. 13

Informe anual y evaluación

En vigor desde 16 sept 2009
Artículo 13 Informe anual y evaluación El informe anual sobre el séptimo programa marco presentado al Parlamento Europeo y al Consejo con arreglo al artículo 173 del Tratado incluirá un informe sobre las actividades del PEIM. La Comisión llevará a cabo una evaluación intermedia del PEIM a los tres años de iniciado este. Dicha evaluación cubrirá los avances registrados hacia los objetivos establecidos en el anexo I, así como recomendaciones del PEIM sobre la forma más apropiada de potenciar aún más la integración, la calidad y la eficiencia de la ejecución, incluida la integración científica, financiera y de gestión, y abordará la cuestión de la adecuación de la contribución financiera de los Estados participantes, teniendo en cuenta la demanda potencial de las distintas comunidades nacionales dedicadas a la investigación. La Comisión notificará al Parlamento Europeo y al Consejo las conclusiones de dicha evaluación, junto con sus observaciones y, si procede, propuestas de modificación de la presente Decisión. Al final de la participación de la Comunidad en el PEIM y, en todo caso, a más tardar en 2017, la Comisión, asistida por un grupo de expertos independientes, llevará a cabo una evaluación final de los objetivos generales, específicos y operativos del PEIM. Este grupo basará su evaluación, entre otros, en los siguientes indicadores: a) la excelencia científica de los proyectos y las becas concedidas en función del número de publicaciones, patentes y otros indicadores de resultados científicos; b) el nivel de participación en el programa de instituciones de investigación e investigadores externos; c) el aumento de la capacidad en materia de metrología de los Estados miembros y los países asociados al séptimo programa marco cuyos programas de metrología se encuentren en una fase inicial de desarrollo; d) el número y la calidad de las actividades de formación; e) el número y la calidad de las actividades relacionadas con la comunicación y difusión en materia de metrología. Los resultados de la evaluación final se presentarán al Parlamento Europeo y al Consejo.
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