Art. 2

En vigor desde 17 jun 2009
Artículo 2 El procedimiento a que se refiere el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE, incoado en relación con las ayudas concedidas por Italia (Región del Lacio) en el período 1998-2000, en el marco del régimen basado en las disposiciones de la Ley no 52/94 modificada por la Ley no 13/96 y que ha pasado a ser redundante, queda concluido.
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eli:dec:2010:27(1):oj#art-2

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