Art. 11
Zona geográfica de aplicación
En vigor desde 28 may 2009
Artículo 11
Zona geográfica de aplicación
El presente Acuerdo se aplicará, por una parte, en los territorios en los que se aplica el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, con arreglo a las condiciones previstas por dicho Tratado y, por otra, en el territorio de Guinea y en las aguas bajo su jurisdicción.
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