Art. 3

Composición

En vigor desde 27 may 2009
Artículo 3 Composición 1.   Todos los Estados miembros de la UE estarán facultados para asistir a los debates del CdC. No obstante, solo los Estados contribuyentes tomarán parte en la gestión cotidiana de la Misión. Los representantes de los terceros Estados participantes en la Misión podrán asistir a las reuniones del CdC. También podrá asistir a dichas reuniones un representante de la Comisión de las Comunidades Europeas. 2.   El CdC recibirá información periódica del Jefe de Misión.
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