Art. 2

Misión

En vigor desde 25 mar 2009
Artículo 2 Misión El Grupo se encargará de: a) asesorar a la Comisión sobre la mejor manera de afrontar los desafíos organizativos, jurídicos y técnicos a escala europea; b) contribuir a definir una visión estratégica común de las bibliotecas digitales europeas.
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