Art. 11
Alertas W2
En vigor desde 16 dic 2008
Artículo 11
Alertas W2
1. La OLAF y el SAI solicitarán la activación de una alerta W2a en aquellos casos en los que, como consecuencia de sus investigaciones, se constaten errores administrativos graves o fraude en relación con terceros, especialmente aquellos que están disfrutando o han disfrutado de fondos comunitarios.
2. El ordenador delegado competente solicitará la activación de una alerta W2b cuando el Tribunal de Cuentas, su estructura de auditoría interna (EAI) o cualquier otra auditoría o investigación realizada bajo su responsabilidad o puesta en su conocimiento hubieren constatado por escrito errores administrativos graves o fraude en relación con terceros, especialmente aquellos que están disfrutando o han disfrutado de fondos comunitarios a su cargo.
3. Una alerta W2 permanecerá activa durante seis meses como máximo. Su supresión se efectuará automáticamente. Si es preciso mantener la alerta SAR y no puede ser sustituida por otro tipo de alerta en ese plazo, habrá que efectuar una nueva solicitud.
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