Art. 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
En vigor desde 4 dic 2008
Artículo 1
Organismo modificado genéticamente e identificador único
Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) no 65/2004, se asigna a la soja modificada genéticamente (Glycine max) MON89788, según se especifica en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único MON-89788-1.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:933:oj#art-1