Art. 2

En vigor desde 21 nov 2008
Artículo 2 A efectos del artículo 73, apartado 2, del AAE interino, el Comité AAE estará compuesto, por un lado, de los miembros del Consejo de representantes de la Comisión, y por otro, de representantes del Gobierno de Ghana. La Comisión propondrá al Consejo, que decidirá, la posición de la Comunidad Europea con vistas a la negociación del reglamento interno del Comité AAE.
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