Art. 37
Objetivos
En vigor desde 21 nov 2008
Artículo 37
Objetivos
El objetivo del presente capítulo es facilitar el comercio de mercancías entre las Partes, incrementar su capacidad para identificar, prevenir y eliminar los obstáculos innecesarios al comercio derivados de reglamentos técnicos, normas y procedimientos de evaluación de la conformidad aplicados por alguna de ellas, al tiempo que se preserva su capacidad para proteger las plantas, los animales y la salud pública.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2009:156(1):oj#art-37