Art. 2
Objetivos
En vigor desde 21 nov 2008
Artículo 2
Objetivos
Los objetivos del presente Acuerdo son los siguientes:
a)
Permitir a la Parte Costamarfileña gozar de una mejor acceso al mercado proporcionado por la Parte CE en el marco de las negociaciones relativas al AAE y, asimismo, evitar una perturbación del comercio entre Costa de Marfil y la Comunidad Europea con motivo de la expiración del régimen comercial transitorio del Acuerdo de Cotonú el 31 de diciembre de 2007, a la espera de la celebración de un AAE global.
b)
Establecer las bases para la negociación de un AAE que contribuya a reducir la pobreza, promueva la integración regional, la cooperación económica y la buena gobernanza en África Occidental y mejore sus capacidades en materia de política comercial y en relación con las cuestiones vinculadas al comercio.
c)
Promover la integración armoniosa y progresiva del África Occidental en la economía mundial, respetando sus opciones políticas y sus prioridades de desarrollo.
d)
Reforzar las relaciones existentes entre las Partes sobre una base de solidaridad y de interés mutuo.
e)
Crear un acuerdo compatible con el artículo XXIV del GATT de 1994.
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