Art. 5
Estados miembros, zonas y compartimentos indemnes
En vigor desde 31 oct 2008
Artículo 5
Estados miembros, zonas y compartimentos indemnes
Los Estados miembros declarados «libres de enfermedades» de conformidad con el artículo 49, apartado 1, de la Directiva 2006/88/CE, y las zonas y los compartimentos declarados «libres de enfermedades» de acuerdo con el artículo 50, apartado 3, de dicha Directiva figuran en las columnas segunda y cuarta del cuadro de la parte C del anexo I de la presente Decisión, por lo que se refiere a las enfermedades especificadas en dicho cuadro.
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