Art. 19
Entrada en vigor y aplicabilidad
En vigor desde 24 oct 2008
Artículo 19
Entrada en vigor y aplicabilidad
La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Expirará en la fecha que fije el Consejo, de conformidad con el artículo 71, apartado 2, de la Decisión 2007/533/JAI, y, en cualquier caso, el 30 de junio de 2010 a más tardar.
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