Art. 19

Entrada en vigor y aplicabilidad

En vigor desde 24 oct 2008
Artículo 19 Entrada en vigor y aplicabilidad La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Expirará en la fecha que fije el Consejo, de conformidad con el artículo 71, apartado 2, de la Decisión 2007/533/JAI, y, en cualquier caso, el 30 de junio de 2010 a más tardar.
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