Art. 9
Procedimiento de presentación y de selección de las solicitudes
En vigor desde 22 oct 2008
Artículo 9
Procedimiento de presentación y de selección de las solicitudes
1. Las Decisiones sobre la financiación de acciones de conformidad con el artículo 8, apartado 1, serán adoptadas por la Comisión conforme al procedimiento de consulta mencionado en el artículo 7, apartado 2.
2. Los Organismos nacionales de ejecución presentarán a la Comisión las peticiones de ayuda financiera para las acciones en virtud del artículo 8, apartado 2, de conformidad con el procedimiento que se expone en la parte II del anexo.
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