Art. 6
Vencimiento
En vigor desde 28 abr 2008
Artículo 6
Vencimiento
La presente Decisión será aplicable hasta el 1 de noviembre de 2009. La Comisión decidirá sobre una posible prórroga antes de dicha fecha.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2008:359:oj#art-6