Art. 2

En vigor desde 14 abr 2008
Artículo 2 No se modifican las medidas adoptadas en la Decisión 2005/321/CE en virtud de las medidas pertinentes previstas en el artículo 96, apartado 2, letra c), del Acuerdo de Cotonú.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2008:363:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil