Art. 3

En vigor desde 28 ene 2008
Artículo 3 Las disposiciones de los artículos 1 a 4 de la Decisión 1999/437/CE del Consejo se aplicarán, de la misma manera, a la asociación de Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen que cae dentro del ámbito del título VI del Tratado de la Unión Europea.
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