Art. 6

Importes máximos reembolsables

En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 6 Importes máximos reembolsables 1.   Los importes máximos de la ayuda financiera de la Comunidad para reembolsar a los Estados miembros los costes de los análisis comprendidos en el estudio sobre Salmonella no excederán de lo siguiente: a) 20 EUR por prueba de detección bacteriológica de Salmonella spp.; b) 30 EUR por cada serotipado de las cepas pertinentes. 2.   Los importes máximos de la ayuda financiera de la Comunidad para reembolsar a los Estados miembros los costes de los análisis comprendidos en el estudio sobre el SARM no excederán de lo siguiente: a) 30 EUR por prueba de detección bacteriológica de SARM; b) 8 EUR por prueba de detección de SARM mediante RCP; c) 25 EUR por tipificación del estafilococo de tipo A (tipificación Spa); d) 150 EUR por tipificación de secuencia multi-locus (MLST) de las cepas pertinentes; e) 1,25 EUR por hisopo.
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