Art. 6
Importes máximos reembolsables
En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 6
Importes máximos reembolsables
1. Los importes máximos de la ayuda financiera de la Comunidad para reembolsar a los Estados miembros los costes de los análisis comprendidos en el estudio sobre Salmonella no excederán de lo siguiente:
a)
20 EUR por prueba de detección bacteriológica de Salmonella spp.;
b)
30 EUR por cada serotipado de las cepas pertinentes.
2. Los importes máximos de la ayuda financiera de la Comunidad para reembolsar a los Estados miembros los costes de los análisis comprendidos en el estudio sobre el SARM no excederán de lo siguiente:
a)
30 EUR por prueba de detección bacteriológica de SARM;
b)
8 EUR por prueba de detección de SARM mediante RCP;
c)
25 EUR por tipificación del estafilococo de tipo A (tipificación Spa);
d)
150 EUR por tipificación de secuencia multi-locus (MLST) de las cepas pertinentes;
e)
1,25 EUR por hisopo.
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