Art. 10
Convenios de subvención con los beneficiarios finales cuando la autoridad responsable actúa como un órgano de adjudicación
En vigor desde 19 dic 2007
Artículo 10
Convenios de subvención con los beneficiarios finales cuando la autoridad responsable actúa como un órgano de adjudicación
1. La autoridad responsable establecerá los procedimientos detallados de gestión de proyectos que abarcarán, entre otras cosas:
a)
la firma de convenios de subvención con los beneficiarios finales seleccionados;
b)
el seguimiento de los convenios y sus posibles modificaciones mediante el establecimiento de un sistema de control administrativo de los proyectos (intercambio de correspondencia, introducción y supervisión de las modificaciones, recordatorios, recepción y tratamiento de informes, etc.).
2. Los convenios de subvención establecerán, entre otras cosas:
a)
el importe máximo de la subvención;
b)
el porcentaje máximo de la contribución comunitaria con arreglo al artículo 14, apartado 4, y al artículo 21, apartado 3, del acto de base;
c)
una descripción y un calendario detallados del proyecto subvencionado;
d)
en su caso, la parte de tareas y costes relacionados que el beneficiario final se proponga subcontratar con terceros;
e)
el presupuesto estimativo acordado y el plan de financiación del proyecto, incluido el porcentaje fijo de costes indirectos a que se refiere el anexo 11 en relación con las normas de elegibilidad del gasto;
f)
el calendario y las disposiciones de aplicación del convenio (informes que deben presentarse, modificaciones y terminación);
g)
los objetivos operativos del proyecto y los indicadores que se utilizarán;
h)
la definición de costes subvencionables;
i)
las condiciones de pago de la subvención y los requisitos contables;
j)
las condiciones de la pista de auditoría;
k)
las disposiciones relevantes en materia de protección de datos;
l)
las disposiciones relevantes en materia de publicidad.
3. Los beneficiarios finales garantizarán, en su caso, que todos los socios del proyecto estén sujetos a las mismas obligaciones que ellos. Los socios serán responsables a través del beneficiario final, que sigue siendo el responsable en última instancia del cumplimiento de las condiciones contractuales por él mismo y por todos los socios del proyecto.
Los beneficiarios finales guardarán copias certificadas de los documentos contables que justifiquen los ingresos y gastos de los socios del proyecto de que se trate.
4. Los convenios de subvención establecerán expresamente que la Comisión y el Tribunal de Cuentas podrán controlar, mediante verificación de documentos o inspección in situ, a todos los beneficiarios finales, socios del proyecto y subcontratistas.
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