Art. 3
En vigor desde 19 nov 2007
Artículo 3
Para el cumplimiento de las funciones a las que se refiere el artículo 2, el mandato del Coordinador Especial comprenderá las siguientes tareas:
a)
promover la consecución de los objetivos del Pacto en cada uno de los países donde este demuestre tener un valor añadido, y entre ellos;
b)
presidir el Foro Regional de Europa Sudoriental;
c)
mantener un estrecho contacto con todos los participantes y con los Estados, las organizaciones e instituciones que colaboran en el Pacto, así como con las iniciativas y organizaciones regionales pertinentes, a fin de impulsar la cooperación y la participación a nivel regional;
d)
cooperar estrechamente con todas las instituciones de la Unión Europea y sus Estados miembros para promover el papel de esta en el Pacto de Estabilidad de acuerdo con los puntos 18, 19 y 20 del Pacto de Estabilidad y para garantizar la complementariedad entre las actividades del Pacto y el Proceso de Estabilización y Asociación;
e)
mantener reuniones periódicas con los presidentes de las comisiones a fin de garantizar la necesaria coordinación estratégica general y ejercer las funciones de secretaría para el Foro Regional de Europa Sudoriental y sus comisiones;
f)
ejercer sus tareas sobre la base de una lista que, acordada previamente en consulta con los participantes en el Pacto de Estabilidad, contenga las acciones prioritarias que deban ejecutarse durante la primera mitad del año 2008, y ajustar los métodos de trabajo y las estructuras del Pacto a las necesidades de la transición a la participación regional garantizando su coherencia y la eficacia en el uso de los recursos;
g)
facilitar la aplicación de la transición a la participación regional de acuerdo con las conclusiones del Foro Regional de 30 de mayo de 2006 y, con este fin, trabajar estrechamente con el Proceso de Cooperación de Europa Sudoriental, el Consejo de Cooperación Regional y su Secretario General; se prestará una atención particular al establecimiento del Consejo de Cooperación Regional y de su Secretaría; un énfasis especial se pondrá asimismo en la modernización de los diversos grupos de trabajo e iniciativas del Pacto de Estabilidad;
h)
garantizar un traspaso a su debido tiempo y en debida forma al Secretario General del Consejo de Cooperación Regional y la ultimación de las operaciones administrativas aún pendientes del Pacto de Estabilidad.
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