Art. 6

Grupos destinatarios

En vigor desde 25 sept 2007
Artículo 6 Grupos destinatarios 1.   El Programa se destina a todos los grupos que directa o indirectamente se ocupen del fenómeno de las drogas. 2.   Por lo que se refiere a las drogas, los jóvenes, las mujeres, los grupos vulnerables y las personas que viven en zonas socialmente desfavorecidas son grupos de riesgo que deberán considerarse grupos destinatarios. Otros grupos destinatarios son profesores y personal educativo, padres, asistentes sociales, autoridades locales y nacionales, personal médico y paramédico, personal judicial, autoridades policiales y penitenciarias, organizaciones no gubernamentales, sindicatos y comunidades religiosas.
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