Art. 12
Recursos presupuestarios
En vigor desde 25 sept 2007
Artículo 12
Recursos presupuestarios
1. La dotación financiera para la aplicación del presente instrumento desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2013 será de 21 350 000 EUR.
2. Los recursos presupuestarios destinados a las acciones previstas en el Programa se consignarán como créditos anuales en el presupuesto general de la Unión Europea. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales disponibles ajustándose al marco financiero.
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