Art. 4
Entrada en vigor
En vigor desde 24 jul 2007
Artículo 4
Entrada en vigor
1. La presente Decisión entrará en vigor el 19 de mayo de 2008.
2. La Decisión BCE/1999/NP3, de 16 de marzo de 1999, sobre el mecanismo de pagos del Banco Central Europeo, y la Decisión BCE/2003/NP2, de 28 de enero de 2003, por la que se modifica la Decisión BCE/1999/NP3 sobre el mecanismo de pagos del Banco Central Europeo, quedarán derogadas con efectos a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión, y las referencias a la Decisiones BCE/1999/NP3 y BCE/2003/NP2 se entenderán hechas a la presente Decisión.
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