Art. 1
En vigor desde 23 jul 2007
Artículo 1
El Convenio Europol y los Protocolos de 24 de julio de 1996, 19 de junio de 1997, 30 de noviembre de 2000, 28 de noviembre de 2002 y 27 de noviembre de 2003 entrarán en vigor para Bulgaria y Rumanía el primer día del primer mes siguiente a la fecha de adopción de la presente Decisión.
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