Art. 2

En vigor desde 21 jun 2007
Artículo 2 El artículo 5 de la Decisión 2002/739/CE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 5 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “pinturas y barnices de interior”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 28 de febrero de 2009.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2007:457:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil