Art. 26
Objetivos y condiciones de las descripciones
En vigor desde 12 jun 2007
Artículo 26
Objetivos y condiciones de las descripciones
1. Los datos relativos a personas buscadas para su detención a efectos de entrega al amparo de una orden de detención europea o para su detención a efectos de extradición se introducirán a instancia de la autoridad judicial del Estado miembro informador.
2. También se introducirán datos relativos a personas buscadas para su detención a efectos de entrega al amparo de una orden de detención emitida con arreglo a los Acuerdos, celebrados entre la Unión Europea y terceros países sobre la base de los artículos 24 y 38 del Tratado UE con vistas a la entrega de personas objeto de una orden de detención, que dispongan la transmisión de dicha orden de detención a través del Sistema de Información de Schengen.
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