Art. 2
Modalidades de pago
En vigor desde 27 abr 2007
Artículo 2
Modalidades de pago
Se abonará un primer tramo de 1 000 000 EUR como parte de la participación financiera de la Comunidad contemplada en el artículo 1.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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