Art. 1
En vigor desde 23 abr 2007
Artículo 1
1. El importe de referencia financiera destinado a sufragar los gastos relacionados con la ejecución de la Sección II de la Acción Común 2005/557/PESC, del 1 de mayo de 2007 al 31 de octubre de 2007, será de 2 125 000 EUR. Este importe cubrirá el período que abarca el actual mandato de la Misión de la Unión Africana en Sudán para la región de Darfur (AMIS) y el subsiguiente período transitorio que conducirá a una posible transición a una operación híbrida Naciones Unidas Unión Africana.
2. Los gastos financiados con el importe especificado en el apartado 1 se gestionarán con arreglo a los procedimientos y normas comunitarios aplicables al presupuesto general de la Unión Europea, con la salvedad de que las financiaciones anticipadas no seguirán siendo propiedad de la Comunidad.
Los nacionales de terceros países podrán participar en las licitaciones.
3. Los gastos podrán acogerse a la financiación a partir del 1 de mayo de 2007.
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