Art. 2

En vigor desde 29 sept 2006
Artículo 2 Se cede, con carácter provisional, la gestión del programa Sapard: 1. a la Dirección de apoyo al mercado y medidas estructurales en el sector agrario, unidad dependiente del Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Gestión de los Recursos Hídricos, que desempeña las funciones de Agencia Sapard de Croacia, Avenija grada Vukovara 269D, 10000 Zagreb, para la aplicación de las medidas no 1 «Inversiones en explotaciones agrarias» y no 2 «Mejora de la transformación y comercialización de productos agrícolas y productos de la pesca», establecidas en el programa de desarrollo rural aprobado por la Decisión C(2006) 301; 2. al Fondo Nacional del Ministerio de Finanzas, Katančičeva 5, 10000 Zagreb, para desempeñar las funciones financieras que le atañen en el marco de la aplicación del programa Sapard para Croacia.
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