Art. 1
En vigor desde 28 jul 2006
Artículo 1
Los Estados miembros suspenderán las importacions procedentes de la parte del territorio de la República de Sudáfrica mencionado en el anexo de la presente Decisión, de:
a)
estrucioniformes vivas y huevos para incubar de estrucioniformes;
b)
carne fresca de estrucioniformes;
c)
productos cárnicos y preparados de carne a base de carne de estrucioniformes o que contengan dicha carne.
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