Art. 3
En vigor desde 25 jul 2006
Artículo 3
La Decisión 2006/7/CE queda modificada como sigue:
1)
El título se sustituye por el siguiente:
«Decisión 2006/7/CE de la Comisión, de 9 de enero de 2006, relativa a determinadas medidas de protección en relación con la importación de plumas de terceros países»
.
2)
En el artículo 4, la fecha de «31 de julio de 2006» se sustituye por la de «31 de diciembre de 2006».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2006:521:oj#art-3