Art. 4

Ámbitos de cooperación

En vigor desde 17 jul 2006
Artículo 4 Ámbitos de cooperación La cooperación apoyará las políticas y estrategias sectoriales que faciliten el acceso a actividades y recursos productivos, en particular en los siguientes ámbitos: a) educación y formación; b) recursos minerales; c) energía; d) turismo y cultura; e) investigación; f) seguridad alimentaria.
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