Art. 11

Aplicabilidad

En vigor desde 12 jul 2006
Artículo 11 Aplicabilidad La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de octubre de 2006. Los Estados miembros adoptarán y publicarán las medidas necesarias para cumplir las disposiciones de la presente Decisión. Informarán inmediatamente de ellas a la Comisión.
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