Art. 3
En vigor desde 27 mar 2006
Artículo 3
1. No obstante lo dispuesto en el artículo 2, letras a) y b), los Estados miembros autorizarán las importaciones de los productos mencionados en dicho artículo que hayan sido obtenidos de aves de corral, estrucioniformes, aves de caza de cría y silvestres que procedan de los distritos de Rumanía que figuran en el anexo de la presente Decisión y hayan sido sacrificadas o abatidas antes del 1 de octubre de 2005.
2. En los certificados veterinarios que acompañen a las partidas de los productos mencionados en el apartado 1 deberá incluirse la frase siguiente:
«Carne fresca de aves de corral/carne fresca de estrucioniformes/carne fresca de aves de caza silvestres/carne fresca de aves de caza de cría/producto cárnico a base de carne de aves de corral, estrucioniformes, aves de caza de cría o silvestres, o que contiene dicha carne/preparado de carne a base de carne de aves de corral, estrucioniformes, aves de caza de cría o silvestres (*1), o que contiene dicha carne de conformidad con el artículo 3, apartado 1, de la Decisión 2006/264/CE de la Comisión.
(*1) Táchese lo que no proceda.»."
3. No obstante lo dispuesto en el artículo 2, letra b), de la presente Decisión, los Estados miembros autorizarán las importaciones de productos a base de carne de aves de corral, estrucioniformes y aves de caza de cría y silvestres, o que contengan dicha carne, cuando la carne de estas especies haya sido sometida a uno de los tratamientos específicos contemplados en los puntos B, C o D de la parte 4 del anexo II de la Decisión 2005/432/CE.
4. El tratamiento específico aplicado de conformidad con el apartado 3 se especificará en el punto 9.1, columna B, del certificado zoosanitario establecido de conformidad con el anexo III de la Decisión 2005/432/CE, al que se añadirá la siguiente frase:
«Productos cárnicos tratados de conformidad con la Decisión 2006/264/CE de la Comisión».
5. El tratamiento específico aplicado de conformidad con el apartado 3 se certificará añadiendo la siguiente frase al certificado zoosanitario establecido de conformidad con el anexo IV de la Decisión 2005/432/CE:
«Productos cárnicos tratados de conformidad con la Decisión 2006/264/CE de la Comisión».
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Proeli:dec:2006:264:oj#art-3