Art. 3

En vigor desde 14 mar 2006
Artículo 3 Alemania adoptará las medidas necesarias para garantizar la continuación del ajuste presupuestario, mediante una reducción del déficit estructural de al menos el 0,5 % del PIB cada año una vez que haya sido corregido el déficit excesivo, con objeto de alcanzar una situación a medio plazo de equilibrio presupuestario en términos estructurales.
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