Art. 3

Información sobre el bienestar de los animales

En vigor desde 5 ago 2005
Artículo 3 Información sobre el bienestar de los animales 1.   Quedan autorizadas, por un importe de 450 000 EUR, las siguientes actividades en materia de bienestar de los animales: — un estudio para definir las características de un sistema de navegación conforme a lo establecido en el anexo I, capítulo VI, punto 4, del Reglamento (CE) no 1/2005, — un estudio encaminado a desarrollar tecnologías de la información y la comunicación en relación con los equipos de navegación por satélite que permitan aumentar la eficacia de los controles oficiales en este ámbito. 2.   Queda autorizada la realización de una encuesta del tipo «Eurobarómetro» sobre la actitud de los consumidores respecto al bienestar de los animales de ganadería por un importe de 250 000 EUR. 3.   Queda autorizada la publicación por la Comisión de información sobre la legislación comunitaria en materia de protección de los animales por un importe de 145 000 EUR.
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