Art. 1
Alcance y contenido
En vigor desde 28 ene 2005
Artículo 1
Alcance y contenido
La presente Decisión se aplicará a los intercambios intracomunitarios de aves de corral, tal como éstas se definen en el apartado 1 del artículo 2 de la Directiva 90/539/CEE, que se envíen a Dinamarca desde Estados miembros con calificación sanitaria de no vacunación contra la enfermedad de Newcastle, como contempla el apartado 2 del artículo 12 de dicha Directiva, y desde terceros países.
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